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Por qué debes tener al día el Identificador de Persona Jurídica o ‘LEI’

Por qué debes tener al día el Identificador de Persona Jurídica o ‘LEI’

PRENSA KUTXABANK | 08/06/2017

Dos reglamentos europeos sobre transparencia en los mercados de instrumentos financieros –también conocidas como MiFIR y EMiR– van a endurecer notablemente los requisitos de utilización del Identificador de Personas Jurídicas.

Tanto que desde noviembre, todas las empresas que quieran operar con derivados, deberán tener este certificado. Así lo dicta la Normativa Europea sobre Regulación de Mercados e Infraestructuras, EMiR en inglés, que establece una serie de obligaciones para todos aquellos inversores que negocien contratos de derivados, con independencia de su nivel de sofisticación. Desde el 1 de enero, esta obligación se extenderá a otros instrumentos financieros como la renta variable o la renta fija, según los requerimientos de la norma MiFIR.

En la práctica, uno de los efectos más directos de las nuevas normativas supondrá que todas las empresas que hayan contratado algún tipo de derivado financiero, como opciones o swaps, deberán contar con este identificador, también conocido como LEI por sus siglas en inglés, y renovarlo cada año.

El Sistema Global del Identificador de Personas Jurídicas es una iniciativa de las autoridades reguladoras de todo el mundo, que colaboran con el sector privado, para identificar inequívocamente a las personas jurídicas que participan en operaciones financieras. Su objetivo es hacer más fácil para los reguladores conocer los posibles riesgos sistémicos y mejorar la gestión de los riesgos financieros.

Se trata de un código alfanumérico de 20 caracteres que recoge una serie de datos de referencia mínimos para la identificación y comprobación del estado de la persona jurídica nombre oficial de la entidad, dirección de la matriz, fecha de asignación del LEI, etc.

La obtención del código y su renovación anual es rápida y sencilla. Se puede obtener en el Registro Mercantil.

Se espera que el número de solicitudes aumente conforme se acerquen las fechas citadas. Recomendamos no demorar su solicitud, ya que podrán producirse retrasos en su concesión, lo cual también paralizaría la actividad de aquellas personas jurídicas que operen con instrumentos financieros y no tengan al día el identificador.

Para más información se puede acudir al portal habilitado para este servicio: https://www.justicia.lei.registradores.org/ o consultar con su gestor de Kutxabank.