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¿Cumple tu empresa el reglamento de protección de datos?

¿Cumple tu empresa el reglamento de protección de datos?

¿Cumple tu empresa el reglamento de protección de datos?

PRENSA KUTXABANK | 21/12/2017

En mayo de 2018 entrará en vigor el nuevo reglamento europeo de protección de datos, también llamado GPDR. No cumplirlo conlleva incluso multas y, según los expertos, existe una tarea por hacer.

En un mundo interconectado en el que se confían cada vez más datos personales, este reglamento busca garantizar los derechos de privacidad y protección de datos dentro de la Unió Europea. Se trata de una normativa compleja, que exige mayor responsabilidad y proactividad a las empresas, y que conlleva sanciones económicas. Sí, multas, de hasta 20 millones de euros en el caso de las empresas multinacionales. 

La Agencia Española de Protección de Datos ha puesto a disposición de las pymes y micropymes una herramienta denominada ‘Facilita RGPD’, con la que las empresas que manejen datos menos sensibles, puedan obtener las plantillas con los requerimientos básicos del reglamento.

El reglamento establece fundamentalmente tres niveles de actuación. 

En el ámbito organizativo se debe implementar un amplio rango de medidas para garantizar que se reduce el riesgo de incumplimiento y para que la empresa demuestre que gestiona la información de una forma responsable. En ese sentido, una de las novedades consiste en la obligación de designar un Responsable de protección de la información, que podrá ser un empleado o consultor externo.

En el plano técnico, se establecen las medidas necesarias para garantizar que las empresas cumplen con el reglamento. Por ejemplo, las organizaciones empresariales deberán mantener un registro de las actividades de tratamiento de datos personales que realicen; recabar el consentimiento, mediante un acto afirmativo claro que refleje una manifestación de voluntad libre, específica, informada, e inequívoca del interesado de aceptar el tratamiento; garantizar el derecho de acceso, rectificación, olvido, oposición, limitación del tratamiento y portabilidad de datos; ó comunicar los incidentes de seguridad en 72 horas, entre otras medidas.

En el tercer nivel se sitúan los propios datos. La empresa debe comunicar qué datos personales guarda, de dónde provienen y con quién se comparten. Se deberá definir, asimismo, cómo se procesa toda esa información.