Formulario de inscripción
Para participar en la I edición del PREMIO KUTXABANK KANPUS A LA EXCELENCIA ACADÉMICA UNIVERSITARIA, siempre que se cumpla con los requisitos recogidos en las bases, deberá rellenar esta solicitud y adjuntar los siguientes documentos:
- DNI/NIE en vigor.
- Certificado oficial del expediente académico completo correspondiente al Grado por el que se presenta la candidatura, en el que consten las asignaturas cursadas, las convocatorias empleadas en cada curso y la nota media final. No se admitirán pantallazos, fotografías ni documentos no oficiales.
- Curriculum vitae de la persona solicitante, con sus datos personales y los méritos que estime oportuno aportar.
Bases de la convocatoria
«I Premio Kutxabank Kanpus a la Excelencia Académica Universitaria»
1.- ¿En qué consiste esta Convocatoria?
Kutxabank, S.A. (en adelante, «Kutxabank» o la «Entidad») convoca la primera edición del «Premio Kutxabank Kanpus a la Excelencia Académica Universitaria» (en adelante, el «Premio»), con la finalidad de reconocer la trayectoria académica de talento joven de alto potencial y fortalecer el vínculo entre la universidad y la empresa, en el marco de la iniciativa Kutxabank Kanpus. Esta convocatoria (en adelante, la «Convocatoria») se articula mediante las presentes bases (en adelante, las «Bases»), que regulan los requisitos de participación, el procedimiento de selección, la concesión de los premios y las restantes condiciones aplicables.
El Premio se convoca en régimen de concurrencia competitiva, es decir, mediante un proceso en el que se revisan y comparan todas las solicitudes presentadas de acuerdo con los criterios establecidos en las presentes Bases y se estructura en los dos siguientes ámbitos académicos (*):
- Administración y Dirección de Empresas (ADE) ó Economía.
- Derecho.
(*) Aquellas personas que hayan cursado un doble grado que incluya los dos ámbitos académicos indicados, podrán optar a ambos premios por separado. Si el doble grado contempla únicamente uno de los dos ámbitos indicados, podrá optar únicamente al premio por el coincidente con su grado.
En atención a esta división en dos ámbitos, se otorgará un total de seis (6) premios en la presente Convocatoria, a razón de tres (3) premios por cada uno de ellos, conforme a lo dispuesto en la Cláusula Nueve de las presentes Bases.
La Convocatoria se dirige exclusivamente a personas que hayan finalizado un Grado universitario oficial, quedando excluidos los títulos propios, durante el curso académico 2025/2026, y que cumplan el resto de los requisitos previstos en estas Bases.
2.- ¿Qué requisitos se deben de cumplir para poder participar en la Convocatoria?
Podrán participar en la presente Convocatoria las personas físicas que, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, reúnan cumulativamente los siguientes requisitos:
- Haber finalizado un Grado universitario oficial, quedando excluidos los títulos propios, durante el curso académico 2025/2026 en alguna de las siguientes materias: (i) Administración y Dirección de Empresas (ADE), (ii) Economía o (iii) Derecho.
- Haber cursado dichos estudios en alguna de las siguientes universidades:
- EHU
- Universidad de Deusto
- Mondragon Unibertsitatea
- Universidad de Córdoba
- Universidad de Loyola
- Acreditar una nota media final igual o superior a 8,50 sobre 10. (**)
- Haber superado como mínimo el 80% de los créditos del plan de estudios en primera convocatoria y, en consecuencia, como máximo el 20% en segunda convocatoria (**)
- Presentar la solicitud en tiempo y forma, acompañada de la documentación exigida en las presentes Bases, cumplimentando el formulario y leyendo y aceptando las presentes Bases.
(**) En los dobles grados se deberá poder diferenciar inequívocamente la información, tanto de la nota media como de la convocatoria en la que se han superado los diferentes créditos, de manera aislada por cada ámbito académico al que se quiera optar.
No podrán participar quienes no acrediten íntegramente los requisitos anteriores, quienes presenten documentación incompleta o inexacta, o quienes incumplan cualquier otra condición prevista en estas Bases.
3.- ¿Cómo presentar la solicitud?
Las personas interesadas deberán presentar su solicitud mediante el formulario electrónico habilitado al efecto en la plataforma Kutxabank Kanpus.
El plazo de presentación de solicitudes finalizará a las 14:00 horas del día 13 de noviembre de 2026. No se admitirán solicitudes presentadas fuera de plazo, ni aquellas cursadas por canales distintos del expresamente previsto en estas Bases.
4.- ¿Qué documentación se debe presentar?
La solicitud deberá acompañarse, conforme a las instrucciones del formulario, de la siguiente documentación:
- DNI/NIE en vigor.
- Certificado oficial del expediente académico completo correspondiente al Grado por el que se presenta la candidatura, en el que consten las asignaturas cursadas, las convocatorias empleadas en cada curso y la nota media final. No se admitirán pantallazos, fotografías ni documentos no oficiales.
- Curriculum vitae de la persona solicitante, con sus datos personales y los méritos que estime oportuno aportar.
Kutxabank podrá requerir, en cualquier momento del procedimiento, la aportación de documentación adicional, la exhibición de originales o copias auténticas, o la subsanación de defectos formales o materiales de la solicitud. La falta de atención al requerimiento en el plazo a tal efecto establecido en las presentes Bases comportará la exclusión de la candidatura correspondiente.
5.- ¿Qué ocurre si la solicitud necesita correcciones y cómo se comprobará la información?
Kutxabank podrá requerir a las personas solicitantes la subsanación de errores, omisiones o defectos detectados en la solicitud o en la documentación aportada, concediendo al efecto un plazo de quince (15) días naturales. Transcurrido dicho plazo sin haberse atendido el requerimiento, la solicitud podrá ser inadmitida o tenida por desistida, según proceda.
La presentación de la solicitud faculta a Kutxabank para verificar la información facilitada, contrastar la documentación aportada y realizar las comprobaciones que resulten necesarias para la correcta tramitación de la Convocatoria, todo ello con sometimiento a la normativa aplicable en materia de protección de datos personales y, en su caso, al resto de normativa vigente, que pueda resultar de aplicación.
Kutxabank podrá, a su solo criterio, excluir en cualquier momento aquellas candidaturas en las que concurra, a modo enunciativo no limitativo, falsedad, ocultación, manipulación documental, suplantación de identidad, fraude, incumplimiento sobrevenido de los requisitos de participación o cualquier actuación dirigida a alterar el normal desarrollo de la Convocatoria contraria a la buena fe o a la finalidad de la misma.
6.- ¿Quiénes integran el jurado?
Kutxabank designará un jurado compuesto por profesionales de la Entidad, al que corresponderá la evaluación de las candidaturas admitidas y la propuesta de adjudicación de los premios.
El jurado podrá solicitar aclaraciones o documentación complementaria cuando lo estime conveniente para el mejor ejercicio de sus funciones.
El jurado tendrá facultades para interpretar estas Bases y resolver cuantas incidencias, dudas o cuestiones se susciten en el desarrollo de la Convocatoria.
El fallo del jurado será inapelable en el ámbito de esta Convocatoria.
7.- ¿Cómo se valorarán las solicitudes y qué ocurre en caso de empate?
El Premio se otorgará atendiendo a la excelencia académica acreditada por las personas solicitantes que cumplan los requisitos de admisión previstos en estas Bases, tomando en consideración, con carácter principal, el expediente académico oficial aportado.
A efectos de ordenación de candidaturas, el jurado valorará prioritariamente la nota media final del expediente académico, sin perjuicio de la comprobación del resto de requisitos cuantitativos exigidos por la Convocatoria.
En caso de empate entre dos o más candidaturas de un mismo ámbito, se aplicarán, por este orden, los siguientes criterios de desempate:
- a) Mayor porcentaje de créditos superados en primera convocatoria.
- b) Haberlo cursado como parte de un doble grado.
- c) Mayor número de matrículas de honor, siempre que tal extremo conste de forma fehaciente en el certificado oficial aportado.
- d) Si, tras la aplicación de los criterios anteriores, persistiera el empate, el jurado podrá acordar motivadamente la concesión conjunta del premio correspondiente.
En caso de concesión conjunta, la dotación económica del premio afectado se dividirá por partes iguales entre las personas premiadas, sin que en ningún caso se incremente la dotación económica global prevista en estas Bases, manteniéndose el derecho de cada una de ellas al correspondiente diploma acreditativo.
8.- ¿Cómo se resuelve y se comunica el premio?
En cada uno de los dos ámbitos previstos en las presentes Bases se adjudicarán los premios previstos en la Cláusula 9 de las presentes Bases a las candidaturas mejor valoradas por el jurado.
El jurado podrá, asimismo, proponer una relación ordenada de suplentes para cada ámbito, a fin de cubrir, entre otras, eventuales renuncias o pérdidas del derecho al premio por parte de alguna de las personas inicialmente seleccionadas.
La Convocatoria podrá ser declarada total o parcialmente desierta cuando no se presenten candidaturas, cuando las presentadas no reúnan los requisitos exigidos, o cuando, a juicio motivado del jurado, ninguna de ellas alcance el nivel de mérito académico exigible para resultar premiada.
La resolución de la Convocatoria se comunicará individualmente a las personas premiadas y, adicionalmente, podrá hacerse pública en Kutxabank Kanpus y en otros canales corporativos de Kutxabank, en los términos previstos en las presentes Bases y, en su caso, en la autorización específica que se recabe de las personas premiadas.
9.- ¿Qué premios se conceden en la Convocatoria?
La presente Convocatoria prevé la concesión de un total de seis (6) premios, distribuidos equitativamente entre los dos ámbitos previstos en estas Bases, a razón de tres (3) premios por cada una de ellas. En consecuencia, se establecen, para cada ámbito, los siguientes premios:
- Primer premio: 4.000 euros y diploma acreditativo.
- Segundo premio: 2.500 euros y diploma acreditativo.
- Tercer premio: 1.500 euros y diploma acreditativo.
La percepción del Premio será, con carácter general, compatible con cualesquiera otras becas, ayudas, subvenciones o premios que pudieran corresponder a la persona premiada, salvo que una norma específica aplicable establezca lo contrario.
El Premio no podrá ser objeto de cambio, alteración, compensación, sustitución ni cesión a solicitud de la persona premiada, salvo decisión expresa y por escrito de Kutxabank cuando concurran causas debidamente justificadas y siempre que ello no altere la esencia de la Convocatoria ni perjudique a terceros.
10.- ¿Cómo se acepta y se entrega el Premio?
Las personas premiadas deberán, en el plazo de diez (10) días hábiles desde la notificación de la resolución, aportar la siguiente documentación:
- a) La justificación fehaciente de los méritos alegados, cuando no obre ya suficientemente acreditada en el expediente.
- b) Fotocopia del DNI/NIE o la documentación identificativa que resulte necesaria a efectos fiscales y administrativos.
- c) Documento de aceptación expresa del premio.
- d) Cualesquiera otros documentos que Kutxabank solicite razonablemente para posibilitar la correcta gestión material, fiscal, contable o publicitaria del premio.
El incumplimiento del plazo anterior, la falta de aportación de la documentación exigida, la renuncia expresa o tácita al premio, o la constatación de inexactitud o falsedad en la candidatura, determinarán la pérdida del derecho al Premio, pudiendo Kutxabank adjudicarlo a la siguiente candidatura suplente, si la hubiere.
En caso de que alguna de las personas participantes renuncie al premio, dicha renuncia tendrá carácter irrevocable y no dará derecho a compensación alguna.
La entrega de los premios tendrá lugar en acto público, en el lugar, fecha y condiciones que Kutxabank comunique oportunamente.
La persona participante será responsable de la veracidad y actualización de los datos de contacto facilitados a Kutxabank, quedando el Banco exonerado de cualquier responsabilidad en caso de imposibilidad de contacto derivada de datos incorrectos, incompletos o no actualizados.
11.- ¿Cómo se da a conocer el Premio y cómo se utiliza el nombre y la imagen de las personas premiadas?
Por razones de transparencia, difusión institucional de la Convocatoria y acreditación pública del resultado del Premio, Kutxabank podrá publicar la identidad de las personas premiadas, su universidad, el ámbito académico y el premio obtenido en sus canales corporativos y/o en los soportes vinculados a Kutxabank Kanpus.
La captación y difusión de imágenes o grabaciones obtenidas con ocasión del acto de entrega requerirá, cuando resulte legalmente exigible, la correspondiente autorización específica de la persona premiada, que se recabará separadamente.
Dicha solicitud de autorización expresa se recabará a través del «Documento de aceptación del premio» que se remitirá nominativamente a las personas premiadas.
12.- ¿Cuál es el tratamiento fiscal del Premio?
Los premios previstos en estas Bases estarán sometidos a la normativa fiscal vigente en cada momento, siendo por cuenta de Kutxabank la práctica de las retenciones o ingresos a cuenta que legalmente resulten procedentes y siendo obligación de la persona premiada facilitar la documentación necesaria para su correcta gestión fiscal.
Kutxabank expedirá, cuando legalmente proceda, la correspondiente certificación fiscal acreditativa del importe íntegro del Premio y, en su caso, de la retención o ingreso a cuenta practicados, de conformidad con la normativa tributaria aplicable.
Cualesquiera otras consecuencias fiscales derivadas de la obtención del Premio, distintas de las obligaciones legalmente asumidas por Kutxabank, corresponderán exclusivamente a la persona premiada.
13.- ¿Cómo se van a tratar los datos de carácter personal?
Kutxabank, S.A podrá tratar los datos personales de las personas participantes en la convocatoria con la finalidad de ser contactadas para participar en procesos de selección relacionados con oportunidades laborales dentro de Kutxabank, S.A.
Dicha solicitud de autorización expresa se recabará a través del «Formulario de inscripción» disponible a tal efecto.
Información sobre Protección de Datos de Carácter Personal; Responsable: Kutxabank, S.A., Gran Vía 30, 48009, Bilbao. Finalidad y Legitimación: Sus datos personales serán utilizados para la gestión de su participación en la Convocatoria. Destinatarios: Los datos contenidos en el presente formulario no serán cedidos a terceros, salvo obligación legal. Derechos: Podrá ejercer sus derechos de acceso, rectificación, oposición, supresión, limitación y portabilidad, y/o retirar su consentimiento, mediante correo electrónico dirigido a dpo@grupokutxabank.com. Asimismo, está facultado para presentar una reclamación ante la AEPD.
14.- ¿Qué obligaciones asume la persona participante?
La persona solicitante garantiza, bajo su exclusiva responsabilidad, que todos los datos, declaraciones y documentos aportados son veraces, exactos, completos, auténticos y actualizados.
La persona participante responderá frente a Kutxabank y frente a terceros de cualquier daño, perjuicio, coste, sanción, reclamación o responsabilidad que se derive de la falsedad, inexactitud, alteración, falta de autenticidad o ilicitud de la documentación o de la información aportada.
La mera participación en la Convocatoria supone el compromiso de las personas solicitantes de mantener indemne a Kutxabank frente a cualesquiera reclamaciones de terceros fundadas en actuaciones u omisiones imputables a la propia persona participante, incluida la aportación de documentación falsa, manipulada o no autorizada.
15.- ¿Qué responsabilidad asume Kutxabank?
Kutxabank no será responsable de:
- a) Las solicitudes no recibidas, incompletas, erróneas, duplicadas, alteradas o presentadas fuera de plazo.
- b) Cualquier incidencia de carácter técnico, de cualquier naturaleza, que impida o dificulte el normal desarrollo de la Convocatoria.
- c) Los daños o perjuicios derivados de supuestos de fuerza mayor, caso fortuito, actuaciones de terceros ajenos a Kutxabank o circunstancias no imputables a la Entidad que impidan, retrasen o dificulten el normal desarrollo de la Convocatoria.
- d) La falta de emisión, el retraso, la ilegibilidad, la insuficiencia o la discordancia de certificados o documentos expedidos por universidades u otras entidades emisoras.
- e) El uso indebido, fraudulento o no autorizado de identidades, documentos, credenciales o medios electrónicos por parte de las personas participantes o de terceros.
Kutxabank se reserva el derecho de descalificar a cualquier participante que, a su juicio, manipule o intente manipular la Convocatoria, falsee datos, vulnere las Bases o actúe de manera fraudulenta, abusiva o contraria a la buena fe. A estos efectos, los participantes se obligan a actuar en todo momento conforme a los principios de buena fe, lealtad, transparencia y ausencia de abuso de derecho, absteniéndose de realizar interpretaciones o conductas que, aun amparándose en una interpretación literal de las presentes Bases, resulten contrarias a su espíritu o finalidad.
Kutxabank no asumirá responsabilidad alguna por controversias que puedan suscitarse entre participantes, entre estos y terceros, o con motivo de la utilización de documentación o información aportada por aquellos sin la debida legitimación o autorización.
En todo caso, la responsabilidad de Kutxabank quedará limitada al estricto cumplimiento de las obligaciones expresamente asumidas en estas Bases, con exclusión de cualquier responsabilidad indirecta, o de lucro cesante, salvo en los supuestos en que tal exclusión no resulte legalmente admisible.
16.- ¿Puede modificarse, suspenderse o anularse la Convocatoria?
Kutxabank podrá modificar, suspender, aplazar, prorrogar o anular la Convocatoria cuando concurra causa justificada, fuerza mayor, caso fortuito, mandato legal o administrativo, o cualquier circunstancia ajena a su control que impida el normal desarrollo de la misma.
Cualquier modificación relevante será comunicada por los mismos medios en que se hubiera difundido la Convocatoria o por aquellos otros que garanticen razonablemente su publicidad suficiente.
La modificación o cancelación de la Convocatoria no generará derecho a indemnización a favor de las personas solicitantes o participantes.
17.- Aceptación de las Bases, integridad, ley aplicable y jurisdicción
La participación en la Convocatoria supone la aceptación íntegra, expresa e incondicionada de las presentes Bases.
Las presentes Bases se regirán por la legislación española.
Para cuantas controversias pudieran derivarse de la interpretación, validez, ejecución o cumplimiento de estas Bases, serán competentes los Juzgados y Tribunales que correspondan conforme a la normativa aplicable.
En Bilbao, a 5 de octubre de 2026