Bases legales
«Sorteos Kutxabank Kanpus»
1.- ¿En qué consiste esta Promoción?
KUTXABANK S.A. (en adelante, «Kutxabank» o «el Banco») con domicilio social en Gran Vía 30-32, Bilbao, N.I.F. A95653077, inscrita en el Registro Mercantil de Bizkaia, Tomo 5226, Libro 0, Hoja BI-58729, Folio 1, va a llevar a cabo una acción promocional de ámbito nacional vinculada al programa de educación financiera Kutxabank Kanpus (en adelante, la «Promoción»), denominada «SORTEOS KUTXABANK KANPUS» consistente en dos sorteos (en adelante, el «Sorteo» o los «Sorteos», según proceda).
Kutxabank Kanpus es un programa de educación financiera de carácter educativo y formativo promovido por Kutxabank. Consta de una plataforma web en la que los y las interesadas podrán registrarse para aprender de finanzas de una forma fácil y entretenida.
Los Sorteos regulados en las presentes Bases tienen carácter promocional y se realizan única y exclusivamente con fines publicitarios y promocionales, sin que tenga ningún coste adicional para los participantes.
2.- ¿En qué consisten los premios de estos Sorteos?
Los presentes Sorteos contarán con los siguientes premios:
2.1. Sorteo de 5 iPhone 17 Pro 256 GB
El Sorteo («Sorteo iPhone») contará con 5 premios, consistentes cada uno de ellos en 1 iPhone 17 Pro 256 GB.
El color del dispositivo estará sujeto a disponibilidad en el momento de la entrega. En caso de no encontrarse disponible el modelo indicado, Kutxabank podrá sustituirlo por otro dispositivo de características similares o de valor equivalente.
El premio no incluye accesorios, contratación de línea móvil, datos, seguros, reparaciones, mantenimiento, aplicaciones, suscripciones ni ningún otro servicio adicional asociado al uso del dispositivo.
2.2. Sorteo de 2 viajes a Bali para 2 personas
El Sorteo («Sorteo Bali») contará con 2 premios, consistentes cada uno de ellos en 1 viaje a Bali para 2 personas.
El viaje se instrumenta mediante un bono canjeable por un viaje a BALI por un valor máximo de 6.000 euros en la agencia de viajes Azul Marino (la «Agencia de Viajes»), no pudiendo superar en ningún caso el importe de 3.000 euros por persona.
El viaje deberá disfrutarse, dentro del año 2027, con posterioridad a la entrega y aceptación del premio, en las fechas fijadas de común acuerdo con la Agencia de Viajes y según disponibilidad.
Las personas ganadoras podrán escoger las fechas en las que desean disfrutar el viaje, siempre que exista disponibilidad por parte de la Agencia de Viajes y que el importe del viaje no supere los 3.000 € por persona, es decir, un importe máximo total de 6.000 € para cada premio. El importe máximo indicado debe ser destinado exclusivamente al pago del viaje, de modo que, si el precio final fuera inferior, no procederá el abono de la diferencia a favor de las personas ganadoras.
El bono podrá destinarse, según disponibilidad y condiciones de la Agencia de Viajes, a vuelos, alojamiento y otros servicios asociados al viaje, hasta el límite del importe máximo indicado por persona. Cualquier gasto que exceda dicha cuantía será asumido íntegramente por la persona premiada y/o sus acompañantes, sin que ello genere derecho a reembolso, compensación o abono adicional por parte del Banco.
Cualquier otro gasto no incluido expresamente en el premio será asumido por la persona agraciada y sus acompañantes, a modo enunciativo y no limitativo, quedan excluidos del premio los gastos de manutención, transporte interno no previsto, seguros, visados, vacunas, documentación necesaria para viajar, tasas, impuestos, excursiones, compras personales, mejoras de categoría, cambios de fecha o cualquier otro gasto adicional.
Kutxabank, como entidad organizadora de los Sorteos, actúa exclusivamente como promotora de este y no como prestadora de los servicios que integran el premio, tales como vuelos, alojamiento u otros servicios turísticos. En consecuencia, Kutxabank no asumirá responsabilidad alguna por la ejecución, calidad, seguridad o disponibilidad de dichos servicios, que serán prestados por terceros ajenos a Kutxabank.
Kutxabank no será responsable por retrasos, pérdidas, robos, deterioros, cancelaciones o cualquier otra incidencia, ni responderá por circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito que impidan el disfrute total o parcial del premio.
De forma enunciativa y no limitativa, Kutxabank queda exonerada de responsabilidad por:
- Actuaciones u omisiones de terceros proveedores, tales como compañías aéreas, hoteles, agencias de viaje o prestadores de servicios turísticos.
- Cancelaciones, modificaciones o incidencias en vuelos, alojamientos o servicios contratados por causas ajenas a Kutxabank.
- Gastos adicionales no incluidos en el premio, tales como seguros, visados, tasas, impuestos, manutención, transporte interno, compras personales u otros desembolsos.
- Condiciones sanitarias, restricciones legales o normativas vigentes, incluyendo medidas de seguridad, salud pública o control fronterizo, que afecten al viaje.
- Pérdida de documentación personal, pasaporte, DNI, billetes o cualquier otro documento necesario para viajar.
- Incumplimiento de los requisitos de entrada, permanencia o tránsito exigidos por el país de destino o por terceros países.
- Accidentes, enfermedades o daños personales ocurridos durante el viaje.
3.- ¿Cuánto dura la Promoción?
La Promoción vinculada al programa se extiende desde el día 1 de octubre de 2026 hasta el día 15 de enero de 2027, ambos inclusive.
Kutxabank se reserva el derecho a suspender o anular los Sorteos que forman parte de la Promoción, o bien a modificar alguna de sus condiciones, si por causas técnicas, de fuerza mayor o de cualquier otra índole ajena a su voluntad no se pudieran celebrar los Sorteos o cumplir con el normal desarrollo de los mismos.
En tal caso, Kutxabank quedará exenta de cualquier responsabilidad derivada de dicho cambio, con el compromiso de comunicar y dar publicidad a las nuevas bases y condiciones, o a la anulación, en su caso, tan pronto como sea posible, no teniendo las personas participantes derecho a compensación por este motivo.
4.- ¿Qué requisitos deberán cumplir para participar en los Sorteos?
Podrán participar en el programa Kutxabank Kanpus personas de todas las edades. No obstante, únicamente podrán participar en los Sorteos y podrán acceder a los premios objeto de estas Bases las personas físicas que durante la vigencia de la Promoción y hasta la adjudicación del premio cumplan cumulativamente los siguientes requisitos comunes para ambos Sorteos, no siendo necesario ostentar la condición de cliente de Kutxabank ni contratar productos o servicios del Banco para participar:
- Tener domicilio fiscal o residencia en España.
- Personas físicas nacidas entre los años 2000 y 2008.
- Estar registrada en la plataforma Kutxabank Kanpus a través del acceso a www.kutxabankkanpus.es
- Leer y aceptar las presentes Bases legales, a través de un check específico en la plataforma Kanpus, habilitado antes del registro en la misma.
- Cumplir los requisitos de participación establecidos para cada uno de los Sorteos.
Para participar en el Sorteo iPhone, será necesario haber completado correctamente el programa Kutxabank Kanpus hasta el denominado «Reto 5», este incluido, antes del 30 de noviembre de 2026 a las 23:59 horas.
Para participar en el Sorteo Bali, será necesario haber completado correctamente los 9 retos de los que consta el programa Kutxabank Kanpus antes del 15 de enero de 2027 a las 23:59 horas.
Si bien no será necesario ser cliente de Kutxabank para participar en los Sorteos o resultar agraciado, en caso de que la persona participante fuera cliente, Kutxabank podrá excluir del Sorteo a aquellas personas físicas que tengan saldos negativos o descubiertos en el Banco, tanto durante la vigencia de la Promoción como a fecha de los Sorteos y hasta la entrega del premio.
No podrán participar en los Sorteos las personas que, aun participando en el programa Kutxabank Kanpus, no cumplan el requisito de edad establecido en estas Bases, ni el resto de los requisitos exigidos para participar en los mismos.
5.- Sistema de XP (puntos) y participaciones
Kutxabank Kanpus funciona mediante un sistema de XP, entendidos a efectos de estas Bases como puntos acumulables, asociado a la realización de los retos del programa y a determinadas acciones complementarias dentro de la plataforma.
Los participantes podrán obtener XP de acuerdo con la siguiente mecánica:
- Completar correctamente el test de un reto: hasta 500 XP, a razón de 100 XP por cada pregunta acertada en el primer intento.
- Cada pregunta acertada en segundo intento: 80 XP.
- Cada pregunta acertada en tercer intento: 60 XP.
- Acertar todas las preguntas del test sin ningún error en el primer intento: 200 XP extra.
- Invitar a una persona amiga que se registre correctamente en Kutxabank Kanpus: 500 XP extra para la persona que invita. A efectos de generación de participaciones, solo computarán como máximo 5 invitaciones por participante. Las invitaciones válidas deberán corresponder a altas reales, únicas y correctamente registradas en Kutxabank Kanpus. No se considerarán válidas, a efectos de obtención de XP o participaciones, las invitaciones ficticias, duplicadas, realizadas a una misma persona, realizadas a uno mismo, generadas mediante datos falsos, medios automatizados o cualquier otra práctica contraria a la buena fe o al funcionamiento normal de la plataforma. Kutxabank se reserva el derecho a revisar, invalidar o descontar los XP obtenidos mediante invitaciones fraudulentas, irregulares o contrarias a las presentes Bases.
- Alta correcta de una persona invitada en Kutxabank Kanpus: 500 XP extra para la persona invitada.
- Completar todos los retos del programa Kutxabank Kanpus: 2.000 XP extra, en caso de que dicha funcionalidad esté activa.
A efectos de la participación en los Sorteos contemplados en estas Bases, los XP que cada participante acumule otorgarán un número de participaciones para los presentes Sorteos, siempre que dicha persona cumpla con los requisitos de acceso al premio previstos en las presentes Bases.
En concreto, se otorgará una participación por cada 500 XP acumulados, sin que se tomen en consideración fracciones ni bloques incompletos. En consecuencia, los XP acumulados que no alcancen los 500 no generarán participación adicional alguna. A modo de ejemplo, 500 XP equivalen a 1 participación; 1.000 XP equivalen a 2 participaciones.
La puntuación acumulada de cada participante se reflejará en el marcador de la plataforma Kutxabank Kanpus, de manera que, a mayor número de XP computables acumulados, mayor será el número de participaciones que obtendrá en el Sorteo correspondiente. Solo computarán para cada Sorteo aquellos XP registrados en la plataforma Kutxabank Kanpus hasta la fecha y hora límite indicadas en el apartado 4 de estas Bases para dicho Sorteo.
Para la realización de este Sorteo, se confeccionará un fichero con los datos de las personas que cumplan con los requisitos exigidos para cada Sorteo y con el número de participaciones otorgadas a cada una de ellas. Las participaciones se numerarán correlativamente a partir del número 1 en el fichero que se confeccione para cada Sorteo.
El fichero del que se obtendrán los datos de las personas premiadas incluirá los datos facilitados por las personas usuarias en Kutxabank Kanpus y/o los datos que consten en los sistemas de Kutxabank, incluyendo, en su caso, nombre completo, DNI/NIE, teléfono y correo electrónico. En todo caso, las participaciones se ordenarán por número correlativo en el fichero confeccionado para cada Sorteo. De esta forma, los datos identificativos de cada persona participante, entre ellos el DNI/NIE, se asociarán a sus participaciones únicamente a efectos de verificación, identificación y adjudicación del premio, sin constituir en ningún caso un criterio de ordenación de los Sorteos.
Cada persona podrá acumular múltiples participaciones en función de los XP obtenidos; no obstante, solo podrá resultar agraciada una única vez en cada Sorteo. Ambos Sorteos son compatibles entre sí, de manera que un mismo participante puede resultar agraciado en ambos, acumulando los dos premios. Si un participante resultara agraciado en más de una ocasión en alguno de los dos Sorteos, únicamente podrá resultar premiado en relación con la primera participación premiada, pasando el resto de premios a la siguiente persona que corresponda.
6.- Mecánica del Sorteo iPhone
A efectos de este Sorteo, se tendrán en cuenta los XP computables acumulados hasta el reto 5 incluido, así como los XP procedentes de invitaciones válidas y que estén registrados en la plataforma en la fecha y hora de corte indicada en las presentes Bases. Los XP obtenidos por retos posteriores al reto 5 no otorgarán participaciones a los efectos del presente Sorteo.
A cada participante se le concederá un número de participaciones en función de los XP computables acumulados.
El Sorteo se celebrará el 11 de diciembre de 2026 o en fecha próxima en el supuesto de imposibilidad material de celebrar el Sorteo en la fecha señalada, ante D. Vicente M. del Arenal Otero, notario de Bilbao, extrayéndose de manera aleatoria, 5 participaciones ganadoras y 20 participaciones de reserva, por su orden de extracción, comprendido entre la primera y la última participación registrada en el mismo.
En el mismo acto del Sorteo se extraerán, además de las cinco (5) participaciones ganadoras, veinte (20) opciones de reserva, que sustituirán a los ganadores por su orden de extracción en caso de, a modo enunciativo no limitativo, exclusión, imposibilidad de localización, renuncia, falta de aceptación en plazo o incumplimiento sobrevenido de las presentes Bases. Las opciones de reserva se ordenarán de la primera a la vigésima, de manera que, si el cliente agraciado no acepta el premio o se comprueba que no cumple con los requisitos establecidos en las presentes Bases, se acudirá a la primera participación de reserva y así sucesivamente hasta la vigésima.
Las Bases del presente Sorteo, así como el fichero informático, se depositarán ante el notario D. Vicente M del Arenal de Bilbao. Este fichero se conservará durante un mes a contar desde la fecha de celebración del Sorteo para verificación por parte de las personas interesadas.
7.- Mecánica del Sorteo Bali
A efectos de este Sorteo, se tendrán en cuenta los XP computables acumulados hasta el reto 9 incluido, los XP extra por completar todos los retos del programa en caso de que dicha funcionalidad esté activa, los XP procedentes de invitaciones válidas y que estén registrados en la plataforma en la fecha y hora de corte indicada en las presentes Bases.
A cada participante se le concederá un número de participaciones en función de los XP computables acumulados.
El Sorteo se celebrará el 1 de febrero de 2027 o en fecha próxima en el supuesto de imposibilidad material de celebrar el Sorteo en la fecha señalada, ante D. Vicente M. del Arenal Otero, notario de Bilbao, extrayéndose de manera aleatoria, 2 participaciones ganadoras y 8 participaciones de reserva, por su orden de extracción, comprendido entre la primera y la última opción registrada en el mismo.
En el mismo acto del Sorteo se extraerán, además de las dos (2) participaciones ganadoras, ocho (8) opciones de reserva, que sustituirán a los ganadores por su orden de extracción en caso de, a modo enunciativo no limitativo, exclusión, imposibilidad de localización, renuncia, falta de aceptación en plazo o incumplimiento sobrevenido de las presentes Bases. Las opciones de reserva se ordenarán de la primera a la octava, de manera que, si el cliente agraciado no acepta el premio o se comprueba que no cumple con los requisitos establecidos en las presentes Bases, se acudirá a la primera participación de reserva y así sucesivamente hasta la octava.
Las Bases del presente Sorteo, así como el fichero informático, se depositarán ante el notario D. Vicente M del Arenal de Bilbao. Este fichero se conservará durante un mes a contar desde la fecha de celebración del Sorteo para verificación por parte de las personas interesadas.
8.- ¿Cómo se notifican los premios?
La notificación de la concesión del premio se comunicará, a todos los efectos, incluidos los fiscales a las personas agraciadas por carta, teléfono o correo electrónico, o por cualquier otro medio que Kutxabank estime oportuno utilizando los datos de contacto que consten en sus sistemas.
El participante será responsable de la veracidad y actualización de los datos de contacto facilitados, quedando el Banco exonerado de cualquier responsabilidad en caso de imposibilidad de contacto derivada de datos incorrectos, incompletos o no actualizados.
Así, en el caso de que los datos facilitados por cualquier participante a Kutxabank fueran erróneos, incompletos o desactualizados y no sea posible su identificación y/o localización y, por consiguiente, la entrega del premio obtenido, Kutxabank quedará eximida de la entrega del premio y de cualquier otra responsabilidad que pudiera derivarse por este motivo.
Si por cualquier causa no se pudiera contactar con las personas agraciadas en el plazo de siete (7) días naturales a contar desde la fecha de celebración de los Sorteos, Kutxabank quedará exenta de cualquier responsabilidad, pudiendo hacer uso del premio y adjudicárselo automáticamente a las reservas, en el orden de estas.
La adjudicación del premio queda condicionada a que la persona participante, a fecha de comunicación del premio, cumpla todos los requisitos previstos en las presentes Bases. En caso de que la persona participante sea cliente de Kutxabank, el Banco podrá verificar que se encuentra al corriente de pagos y de cualquier otra operación con la Entidad.
9.- ¿Cómo deben aceptarse o rechazarse los premios?
La persona agraciada tendrá que confirmar la aceptación o renuncia del premio mediante la firma de una ficha elaborada a tal efecto, en los dos (2) días naturales siguientes a la recepción de la comunicación del premio. Transcurrido ese periodo, sin haber aceptado ni renunciado expresamente al premio, se entenderá que el cliente ha rechazado el premio pasando a la primera de las opciones de reserva y así sucesivamente hasta las siguientes opciones de reserva. Para el caso de que ninguna de las opciones de reserva aceptara el premio, Kutxabank queda facultada para hacer uso de éste.
La falta de aceptación del premio en plazo, bien por haberse producido una renuncia expresa o bien por haber transcurrido el plazo de dos (2) días sin haberlo aceptado, la falta de entrega de la documentación requerida o la imposibilidad de acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos en estas Bases supondrá la pérdida del derecho al premio.
10.- ¿Cómo se entregan los premios?
Los premios se entregarán a las personas agraciadas de la forma y en el lugar que Kutxabank estime oportuno.
En el caso del Sorteo Bali, se informará a las personas ganadoras de las condiciones y procedimiento para la organización del viaje, incluyendo la selección de la fecha del viaje, que deberá disfrutarse dentro del año 2027, con posterioridad a la entrega y aceptación del premio, en las fechas fijadas de común acuerdo con la Agencia de Viajes, siempre sujeto a disponibilidad y al límite máximo de 6.000 € por viaje y de 3.000 € por persona.
11.- ¿Se puede solicitar la modificación de los premios?
Los premios objeto de ambos Sorteos, en ningún caso pueden ser objeto de cambio, alteración o compensación a petición de las personas premiadas, ni sustituidos por su contravalor en metálico. Kutxabank tiene derecho a sustituir los premios si existe causa justa o fuerza mayor.
12.- ¿Se puede renunciar a los premios?
El cliente agraciado podrá renunciar al premio, pero no podrá cederlo a otra persona. En este caso se ofrecerá a la siguiente reserva del Sorteo. En el supuesto de resultar agraciado en ambos Sorteos, la renuncia a uno de los premios no implicará la renuncia al otro.
La renuncia expresa o tácita del premio tendrá carácter irrevocable, no recibiendo los agraciados compensación alguna.
13.- ¿Quiénes están excluidos de estos Sorteos?
Quedan excluidos de los presentes Sorteos:
- El personal empleado de Kutxabank.
- Clientes fallecidos a fecha del Sorteo.
- Podrán ser excluidas aquellas personas que tengan saldos negativos o descubiertos en el Banco durante la fecha de la Promoción o a fecha del Sorteo y hasta que se reciba el premio.
En caso de que la opción premiada en los Sorteos se correspondiera con las de algún cliente que haya sido excluido del mismo de acuerdo con las causas anteriormente indicadas, se considerará que la opción premiada corresponde la primera opción de reserva y así, sucesivamente.
Asimismo, Kutxabank, a su criterio, podrá excluir de la Promoción, sin necesidad de previo aviso, a cualquier participante respecto del que detecte indicios de fraude, manipulación, utilización de medios automatizados, suplantación de identidad, duplicidades indebidas, incumplimiento de las presentes Bases o cualquier actuación dirigida a alterar el normal desarrollo de la Promoción o de los Sorteos o contrarias a la buena fe o finalidad de la misma.
También quedarán excluidas aquellas personas que hayan participado de forma fraudulenta, hayan facilitado datos falsos, incompletos, o incorrectos, que manipulen o intenten manipular el funcionamiento de la plataforma, el sistema de participaciones, el registro de retos, el sistema de invitación a amistades o cualquier otro elemento relacionado con los Sorteos, o que hayan obtenido XP o participaciones mediante prácticas irregulares.
14.- Protección de datos personales
La participación en los Sorteos supondrá la incorporación de los datos personales de las personas participantes en el Sistema de Información de Kutxabank para la gestión de dicha participación.
Los datos personales serán tratados con la finalidad de gestionar la participación en los Sorteos, verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos, calcular las participaciones correspondientes a cada persona en función de los XP acumulados, realizar los Sorteos, comunicar los resultados, gestionar la aceptación y entrega de los premios, cumplir con las obligaciones legales aplicables y, en su caso, atender las reclamaciones o verificaciones que pudieran derivarse de los Sorteos.
Únicamente serán tratados con la finalidad adicional de reproducir, utilizar o difundir el nombre, apellidos y/o imagen personal de la persona agraciada en cualquier actividad publicitaria y/o promocional, en cualquier medio, soporte o formato, sin que dichas actividades confieran derecho de remuneración o beneficio alguno, en caso de que se cuente con el consentimiento expreso de la persona agraciada o de su representante legal, según proceda.
Asimismo, se informa de la posibilidad de presentar, en cualquier momento y ante cualquier controversia relacionada con el tratamiento de los datos de carácter personal, una reclamación ante la autoridad de control, así como de ejercitar los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación del tratamiento y portabilidad, y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas respecto de los datos personales.
Las personas participantes podrán ejercitar estos derechos por escrito mediante comunicación dirigida al domicilio social de Kutxabank o bien mediante el envío de un correo electrónico a la dirección info@kutxabank.es, adjuntando en ambos casos una fotocopia del DNI/NIE.
Si consideran que sus datos personales no han sido tratados de acuerdo con la normativa, podrán contactar con el Delegado de Protección de Datos en la dirección dpo@grupokutxabank.com.
15.- Ausencia de vinculación con terceras marcas
Los presentes Sorteos no están patrocinados, avalados, administrados ni asociados a Apple Inc. ni a ninguna de sus sociedades vinculadas. La referencia al dispositivo iPhone 17 Pro 256 GB se realiza exclusivamente a efectos de identificación del premio, sin implicar relación, patrocinio o vinculación alguna con dicha entidad.
16.- ¿Cuál es el tratamiento fiscal de los premios?
Al tratarse de premios derivados de un Sorteo y ser ambos superiores a 300 euros califican como ganancia patrimonial a efectos del IRPF del agraciado y se encuentran sujetos a una retención del 19%.
Kutxabank asumirá el importe correspondiente a dicha retención o ingreso a cuenta, sin repercutirlo a las personas agraciadas, realizando, en su caso, el ingreso que proceda ante la Administración tributaria competente.
A estos efectos, Kutxabank pondrá a disposición de las personas premiadas un certificado con los datos correspondientes al premio y, en su caso, a la retención o ingreso a cuenta practicado, una vez finalizado el año natural.
Sin perjuicio de lo anterior, será por cuenta de las personas agraciadas cualquier otra carga fiscal que pudiera derivarse de la obtención del premio, así como la obligación de declarar, regularizar o integrar el premio en su declaración del IRPF cuando proceda conforme a la normativa aplicable.
17.- Bases legales
Las presentes Bases se encuentran disponibles en la página web de Kutxabank www.kutxabank.es y/o en la plataforma Kutxabank Kanpus.
La participación en estos Sorteos requerirá la aceptación expresa de las presentes Bases mediante el check habilitado en la web/plataforma Kutxabank Kanpus antes del registro o del inicio de sesión. En consecuencia, la participación en los Sorteos implica la plena conformidad con las condiciones establecidas en estas Bases en lo que se refiere a los condicionantes establecidos por Kutxabank a efectos de definir la mecánica de los Sorteos y respecto de aquellos aspectos que no precisen la manifestación de un consentimiento expreso adicional por parte de la persona participante.
Cualquier duda, discrepancia o controversia que pudiera surgir en relación con la interpretación o aplicación de las presentes Bases o con el desarrollo de la Promoción será resuelta, en primer lugar, por Kutxabank conforme a criterios de buena fe, razonabilidad y proporcionalidad, atendiendo a la finalidad económica y promocional de la misma.
A estos efectos, los participantes se obligan a actuar en todo momento conforme a los principios de buena fe, lealtad, transparencia y ausencia de abuso de derecho, absteniéndose de realizar interpretaciones o conductas que, aun amparándose en una interpretación literal de las presentes Bases, resulten contrarias a su espíritu, finalidad o equilibrio.
En particular, no se admitirán actuaciones que, a criterio de Kutxabank, supongan un uso abusivo o fraudulento de los mecanismos de participación en los Sorteos, o que tengan como finalidad alterar indebidamente las probabilidades de obtención de los premios en perjuicio del resto de participantes o de Kutxabank.
Las decisiones que Kutxabank adopte en aplicación de estos criterios tendrán en cuenta el principio de buena fe y la finalidad de la Promoción, sin perjuicio de los derechos que asistan a los participantes conforme a la normativa aplicable.
Kutxabank podrá descalificar a aquellos participantes que hayan incumplido las Bases de los Sorteos.
18.- Legislación y Fuero
Las presentes Bases se rigen por la legislación española.
Para la resolución de cualquier controversia, las partes se someten a los Juzgados y Tribunales que resulten competentes conforme a la normativa de consumidores.
En Bilbao, a 7 de julio de 2026.
Kutxabank Talent
En Kutxabank cada día es una oportunidad para aprender, desarrollar tu talento y crecer profesionalmente.
Si buscas un entorno donde seguir aprendiendo, desarrollar tus ideas y crecer profesionalmente, aquí tienes tu sitio.
